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Ley Sin Sorpresas (No Surprises Act)

Sus derechos y protecciones contra facturas médicas sorpresa

Cuando recibe atención de emergencia o tratamiento de un proveedor fuera de la red en un hospital o centro quirúrgico ambulatorio dentro de la red, usted está protegido de la facturación del saldo. En estos casos, no se le debe cobrar más que los copagos, el coseguro o el deducible de su plan. 

Nota: La Ley de no sorpresas no se aplica a personas cubiertas a través de programas como Medicare, Medicare Advantage, Medicaid, Medigap y el Programa de seguro médico para niños (CHIP, por sus siglas en inglés), porque estos programas no permiten la facturación sorpresa.

¿Qué es la “facturación del saldo” (a veces llamada “facturación sorpresa”)?

Cuando usted o su hijo consultan a un médico u otro proveedor de atención médica, es posible que deba pagar ciertos costos de bolsillo, como un copago, coseguro o deducible. Es posible que tengas otros costos o tengas que pagar la totalidad de la factura si visitas a un proveedor o a un centro de atención médica que no está en la red de tu plan de salud.

“Fuera de la red” significa proveedores y centros que no han firmado un contrato con su plan de salud para proporcionar servicios. Es posible que se les permita a los proveedores fuera de la red facturarle la diferencia entre lo que su plan acordó pagar y el monto total cobrado por un servicio. Esto se denomina “facturación del saldo”. Es probable que este monto sea superior a los costos dentro de la red para el mismo servicio y es posible que no cuente para su límite de gastos de bolsillo anual.

La “facturación sorpresa” es una factura de saldo inesperada. Es posible que se produzca cuando usted no puede elegir quién brindará atención médica para usted o su hijo; por ejemplo, si usted o su hijo tienen una emergencia o si programa una visita a un establecimiento de la red pero recibe tratamiento imprevisto por parte de un proveedor fuera de la red. Las facturas médicas de Surpirise podrían costar miles de dólares según el procedimiento o servicio.

¿Por qué recibo este aviso?

Usted está recibiendo este aviso porque:

  • Usted o su hijo son personas cubiertas por un plan médico grupal o un plan médico ofrecido por una aseguradora de seguro médico, como el Programa Federal de Beneficios de Salud para Empleados; y
  • Tu médico o este centro de atención médica pueden proporcionar un tratamiento o servicio por el cual el proveedor o el centro de atención médica te pedirán que pagues un copago, coseguro o deducible, o enviarán una factura a tu plan de salud.

¿Para qué tipos de servicios estoy protegido de la facturación del saldo?

Servicios de emergencia

Si usted o su hijo tienen una afección médica de emergencia y reciben atención de emergencia de un Proveedor o centro fuera de la Red, lo máximo que el Proveedor o centro puede facturarle es el monto de costo compartido dentro de la Red de su plan (como copagos, coseguros y deducibles). No se le puede facturar el saldo por estos servicios de emergencia. Esto puede incluir servicios que usted podría recibir después de estar en estado estable, a menos que usted otorgue su consentimiento por escrito y renuncie a sus protecciones para que no se le facture el saldo por estos servicios posteriores a la estabilización.

Ciertos servicios en un hospital o centro de cirugía ambulatoria dentro de la red.

Cuando usted o su hijo reciben servicios de un hospital o centro de cirugía ambulatoria dentro de la red, ciertos proveedores en ese centro pueden estar fuera de la red. En estos casos, lo máximo que esos profesionales médicos pueden facturarle es el monto del costo compartido dentro de la red de su plan. Esto se aplica a los servicios de medicina de emergencia, anestesia, patología, radiología, laboratorio, neonatología, cirujano asistente, hospitalista o intensivista. Estos proveedores no pueden facturarle el saldo y no pueden pedirle que renuncie a sus protecciones para que no se le facture el saldo.

Nunca está obligado a renunciar a sus protecciones contra la facturación de saldos. Tampoco está obligado a recibir atención fuera de la red. Puede elegir un proveedor o centro de la red de su plan.

Si usted o su hijo reciben otros servicios en estos centros dentro de la red, los proveedores fuera de la red no pueden facturarle el saldo, a menos que usted otorgue su consentimiento por escrito y renuncie a sus protecciones.

Cuando no se permite la facturación del saldo, ¿qué otras protecciones tengo?

  • Usted solo es responsable de pagar su parte del costo (como copagos, coseguro o deducibles) que pagaría si el proveedor o centro estuviera dentro de la red.
  • Por lo general, su plan de salud debe:
    • Cubrir los servicios de emergencia sin requerir que obtenga la aprobación de los servicios por adelantado (autorización previa).
    • Cubrir los servicios de emergencia de proveedores fuera de la red.
    • Base lo que le debe al proveedor o centro (costo compartido) en lo que pagaría a un proveedor o centro dentro de la red y muestre ese monto en su explicación de beneficios.
    • Cuente cualquier monto que pague por servicios de emergencia o servicios fuera de la red para su deducible y límite de gastos de bolsillo.

Si crees que te han facturado incorrectamente, puedes llamar a las agencias federales responsables de hacer cumplir la ley federal de protección de facturación de saldo al: (800) 985-3059 o visitar para obtener más información sobre tus derechos en virtud de la ley federal.

También puede presentar una queja ante la agencia estatal pertinente de la siguiente manera:

  • Delaware: Departamento de Seguros de Delaware al (800) 282-8611 o envíe un correo electrónico al Departamento de Seguros de Delaware a consumer@delaware.gov.
  • Nueva Jersey: Departamento de Banca y Seguros del Estado de Nueva Jersey; Centro de Consultas y Respuestas al Consumidor (Consumer Inquiry and Response Center, CIRC) al (609) 292-7272 o a la Línea Directa al Consumidor al (800) 446-7467 o visite .
  • Pensilvania: El Departamento de Seguros de Pensilvania al (877) 881-6388 o envíe un correo electrónico al Departamento de Seguros de Pensilvania a ra-in-consumer@pa.gov.
  • Florida: División de Servicios al Consumidor de la Oficina de Regulaciones de Seguros de Florida al (877) 693-5236 o por correo electrónico Consumer.Services@myfloridacfo.com.

Para obtener una copia descargable de este aviso, consulte el adjunto (PDF).
Solo en Nueva Jersey: Para obtener una copia descargable que contiene información adicional sobre sus derechos en virtud de la ley de Nueva Jersey, consulte el adjunto (PDF).

Estimación de buena fe

Usted tiene derecho a recibir una “Estimación de buena fe” que explique cuánto costará su atención médica.

En virtud de la ley, los proveedores de atención médica deben proporcionar a los pacientes que no tienen seguro o que no están utilizando el seguro una estimación de la factura por artículos y servicios médicos.

  • Usted tiene derecho a recibir una estimación de buena fe por el costo total previsto de cualquier artículo o servicio que no sea de emergencia. Esto incluye costos relacionados, como pruebas médicas, medicamentos recetados, equipos y honorarios hospitalarios.
  • Tu proveedor te dará una estimación de buena fe por escrito antes de tu servicio o artículo médico programado. También puedes pedirle a tu proveedor de atención médica y a cualquier otro proveedor que elijas una estimación de buena fe antes de programar un artículo o servicio.
  • Si recibe una factura que es al menos $400.00 más que su estimación de buena fe, puede disputar la factura.
  • Asegúrate de guardar una copia o una imagen de tu estimación de buena fe.

Obtener más información

Si tiene preguntas o desea obtener más información sobre su derecho a una estimación de buena fe, visite o llame al 800-MEDICARE (800) 633-4227).